top of page

REGISTRO DE VIVIENDA PRINCIPAL

MRG & Asociados

El Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), ha publicado, en sus redes sociales en twitter e Instagram @Seniat_Oficial, los requisitos para tramitar el Registro de Vivienda Principal. En efecto, ha publicado la siguiente imagen:



De igual modo, ha informado que el Registro de Vivienda Principal, puede ser tramitado por:

1. El propietario o Copropietario del Inmueble

2. Persona autorizada por el propietario del inmueble presentado autorización notariada, fotocopia de las cédulas de identidad, constancia de residencia emitida por la página del CNE firmada y sellada por el Registrador Civil y firmada por el propietario.

3. Apoderado legal, presentando original y fotocopia del poder, cédula de identidad y constancia de residencia emitida por la página del CNE, firmada y sellada por el Registrador Civil y así vez debe estar firmada por el propietario del propietario del inmueble.


En cuanto a los casos especiales de Registro de Vivienda Principal, los requisitos adicionales serán:

1. Presentar original y fotocopia de los documentos

2. En los casos de diferencia de la Dirección del Inmueble: Ficha catastral emitida por la Alcaldía.

3. En los casos de Sucesiones:

· Original y copia de la declaración sucesoral y solvencia

· Declaración Jurada y Notariada por parte de los herederos que no habiten en el inmueble que será Registrado como vivienda principal.


6 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


(+58)261-783-09-98

Cel: (+58) 414-601-69-38

  • Facebook

©2020 por MRG & Asociados. Creada con Wix.com

bottom of page