El Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), ha publicado, en sus redes sociales en twitter e Instagram @Seniat_Oficial, los requisitos para tramitar el Registro de Vivienda Principal. En efecto, ha publicado la siguiente imagen:
![](https://static.wixstatic.com/media/be96f6_3a5701b2ee634f3d9524d3a48c98dd5a~mv2.jpg/v1/fill/w_800,h_800,al_c,q_85,enc_auto/be96f6_3a5701b2ee634f3d9524d3a48c98dd5a~mv2.jpg)
De igual modo, ha informado que el Registro de Vivienda Principal, puede ser tramitado por:
1. El propietario o Copropietario del Inmueble
2. Persona autorizada por el propietario del inmueble presentado autorización notariada, fotocopia de las cédulas de identidad, constancia de residencia emitida por la página del CNE firmada y sellada por el Registrador Civil y firmada por el propietario.
3. Apoderado legal, presentando original y fotocopia del poder, cédula de identidad y constancia de residencia emitida por la página del CNE, firmada y sellada por el Registrador Civil y así vez debe estar firmada por el propietario del propietario del inmueble.
En cuanto a los casos especiales de Registro de Vivienda Principal, los requisitos adicionales serán:
1. Presentar original y fotocopia de los documentos
2. En los casos de diferencia de la Dirección del Inmueble: Ficha catastral emitida por la Alcaldía.
3. En los casos de Sucesiones:
· Original y copia de la declaración sucesoral y solvencia
· Declaración Jurada y Notariada por parte de los herederos que no habiten en el inmueble que será Registrado como vivienda principal.
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