top of page

CONDICIONES DE FINANCIAMIENTO QUE REGIRAN EL OTORGAMIENTO DE CREDITOS PARA LA ADQUISICION, AUTOCONST

  • MRG & Asociados
  • 28 jul 2021
  • 1 Min. de lectura

Actualizado: 15 ago 2021

CONDICIONES DE FINANCIAMIENTO QUE REGIRAN EL OTORGAMIENTO DE CREDITOS PARA LA ADQUISICION, AUTOCONSTRUCCION Y AMPLIACION O MEJORA DE VIVIENDA


En Gaceta Oficial N°42.168 de fecha 14 de julio de 2021 fue publicada una Resolución mediante la cual se establecen las nuevas condiciones de financiamiento que regirán el otorgamiento de créditos para la adquisición, autoconstrucción y mejora de vivienda:

PRIMERO: Establecer las nuevas condiciones de financiamiento que regirán el otorgamiento de créditos para la adquisición, autoconstrucción, ampliación o mejoras de vivienda principal con recursos provenientes de los fondos regulados por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.

SEGUNDO: El monto máximo del financiamiento para vivienda principal será hasta por la cantidad de:

a) Se incrementa el monto máximo para financiamiento de QUINIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 500.000.000,00), A CINCO MIL SETECIENTOS MILLONES (Bs. 5.700.000.000,00) por concento de crédito para la ADQUISICIÓN DE VIVIENDA PRINCIPAL.

b) Se incrementa el monto máximo para financiamiento de CUATROCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs400.000.000, 00), A CUATRO MIL QUINIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 4.500.000.000,00) por concepto de crédito para la AUTOCONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA PRINCIPAL.

c) Se incrementa el monto máximo para financiamiento de DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 280.000.000,00), A TRES MIL CIEN MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 3.100.000.000,00) por concento de crédito para AMPLIACIÓN DE VIVIENDA PRINCIPAL.

d) Se incrementa el monto máximo para financiamiento de DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 240.000.000,00), A DOS MIL SEISCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2. 600.000.000,00) por concepto de MEJORA DE VIVIENDA PRINCIPAL.

TERCERO: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.


コメント


(+58)261-783-09-98

Cel: (+58) 414-601-69-38

  • Facebook

©2020 por MRG & Asociados. Creada con Wix.com

bottom of page